Ley de salario prevaleciente de California
La Ley de Salario Prevaleciente de California, que forma parte del Código Laboral de California, exige a los contratistas el pago de salarios mínimos específicos por el trabajo realizado en proyectos de obras públicas. El Código Laboral define los proyectos de obras públicas como cualquier trabajo de construcción, modificación, demolición, instalación, mantenimiento o reparación realizado bajo contrato y financiado total o parcialmente con fondos públicos. Existen numerosos tipos de proyectos, entre los que se incluyen la construcción de escuelas, la construcción de carreteras, el mantenimiento de edificios públicos y las actividades previas y posteriores a la construcción relacionadas con dichos proyectos.
Cómo calcular su salario predominante
El Departamento de Relaciones Industriales del Estado (DIR) publica los salarios mínimos obligatorios. Estos incluyen diferentes salarios vigentes, que varían según la ubicación geográfica y el tipo de trabajo. El DIR organiza y publica estas tasas en Determinaciones Generales de Salarios Vigentes, las cuales establecen las tarifas para las distintas clasificaciones laborales (por ejemplo, obrero, carpintero, plomero, operador de maquinaria pesada, electricista, pintor, barrendero, trabajador del hierro, técnico de reparación de HVAC, operador de camión hormigonera, operador de camión volquete, entre otros). Las tarifas específicas aplicables a cada oficio, clasificación o tipo de trabajo, y a cada localidad geográfica del estado, se pueden consultar en el sitio web del DIR: www.dir.ca.gov . Es fundamental comprender cómo interpretar una Determinación General para entender la tarifa requerida. Este proceso puede ser complejo, y a menudo, cuando los empleadores pagan una tarifa incorrecta, los trabajadores desconocen que están recibiendo un salario inferior al mínimo legal que les corresponde. Contacte con un abogado especializado en salarios prevalecientes para que le ayude a determinar la tarifa adecuada para el trabajo que está realizando en un proyecto de obra pública.
Determinaciones de salario prevaleciente
La Sección 1774 del Código Laboral de California establece que a los trabajadores se les debe pagar no menos de las “tasas salariales vigentes especificadas” a todos los trabajadores empleados en la ejecución del contrato. Estas tasas específicas se encuentran en las Determinaciones Generales, que corresponden al tipo de trabajo que realizan realmente los trabajadores individuales. Como se explica en el Manual de Obras Públicas del Estado ,
“El título o estatus de un trabajador con el empleador no es determinante de la cobertura de un individuo por las leyes salariales vigentes. Lo determinante es si las funciones realizadas por el individuo en un proyecto de obras públicas constituyen trabajo cubierto. Una persona que realiza trabajo calificado o no calificado en un proyecto de obras públicas tiene derecho a recibir el salario vigente aplicable durante el tiempo en que se realiza el trabajo, independientemente de si el individuo tiene un estatus particular como socio, propietario, propietario-operador, contratista independiente o propietario único, o posee un título particular con el empleador, como presidente, vicepresidente, superintendente o capataz. Por ejemplo, un capataz “trabajador” o un superintendente “trabajador” (alguien que realiza trabajos en el proyecto en relación con responsabilidades de supervisión) tiene derecho a una compensación no inferior a la tarifa vigente para el tipo de trabajo realizado”.
Estas son distinciones importantes para determinar la tarifa adecuada y, si no está seguro de si le están pagando el salario vigente correcto, contacte a un abogado especializado en salarios vigentes para que le ayude a determinarlo correctamente. Recuerde que está relacionado con las tareas que se realizan y, a veces, se aplican varias tarifas durante un mismo turno porque un trabajador puede realizar tareas de diferentes clasificaciones. No es raro que una persona realice el trabajo de un peón al usar una pala para cavar una zanja, pero luego suba a una retroexcavadora para terminar el trabajo y realice las funciones de un operador de maquinaria pesada. A este trabajador se le deberían pagar dos tarifas diferentes por el trabajo realizado ese día.
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Tarifa horaria básica versus tarifa total
Las Determinaciones Generales incluyen tanto una Tarifa Horaria Básica como una Tarifa Horaria Total para cada ubicación y clasificación. La ley de California exige que los empleadores paguen a los empleados la Tarifa Horaria Total; sin embargo, pueden pagar una parte en salario por hora y otra en beneficios, si así lo desean. La Tarifa Horaria Básica es el salario mínimo por hora que un trabajador puede recibir por las horas trabajadas. La Tarifa Horaria Total incluye la Tarifa Horaria Básica y una compensación adicional por "pagos del empleador", que generalmente son beneficios complementarios como seguro médico, vacaciones, pensión y otros. Dado que el trabajador recibe algunos beneficios, el empleador puede deducir una parte de la Tarifa Horaria Total.
Si los empleadores no ofrecen beneficios adicionales a sus empleados o si estos se niegan a participar en dichos programas, el empleador debe pagarles la Tarifa Horaria Total correspondiente a las horas trabajadas. Existen otras directrices que se aplican a las deducciones que realiza el empleador. Por ejemplo, para obtener una compensación por el "costo real" del beneficio proporcionado al empleado, si este se pagó a un plan legítimo de salud, pensión, vacaciones o beneficios adicionales, dicho pago debe realizarse de forma irrevocable y dentro de un plazo determinado. En cualquier caso, la compensación total pagada por el empleador al empleado debe coincidir con el Salario Horario Total establecido por el Director en la Determinación General, ya sea en efectivo o en concepto de compensación por costo de vida y beneficios.
Ejemplo de tasa salarial predominante
La tarifa total por hora para una clasificación de trabajador para el Grupo 1 en el condado de Los Ángeles, según lo determinó el Director el 22 de agosto de 2023, es de $68.39 por hora en horario regular, $89.08 por hora de tiempo extra y $109.77 por hora los domingos, feriados y tiempo doble.
La determinación actual del Director para un Grupo de Trabajadores 1 al 22 de agosto de 2023 (Fuente: Determinación SC-23-102-2-2023-1 emitida el 22 de agosto de 2023 para todas las localidades dentro de Imperial, Inyo, Kern, Los Ángeles, Mono, Condados de Orange, Riverside, San Bernardino, San Luis Obispo, Santa Bárbara y Ventura.)

En este ejemplo, la tarifa total por hora se compone de $41.38 en pago de tarifa básica por hora y $27.01 en asignaciones de beneficios complementarios. Los empleadores en este ejemplo deben pagar al menos $41.38 por hora en salarios por tiempo regular. Además, deben pagar $27.01 en planes aprobados de salud, pensión, vacaciones y capacitación o pagarlo directamente en salarios. De cualquier manera, el salario por hora total pagado por el empleador debe ser de $68.39 por hora por tiempo normal.
Si el empleador solo paga la tarifa básica por hora de $41.38 como salario y no se le pagan otros beneficios o compensación al trabajador, entonces al trabajador se le está pagando menos y no está recibiendo el salario prevaleciente requerido.
Las determinaciones generales de salarios prevalecientes hechas por el Director de Relaciones Industriales están determinadas por ciertas ubicaciones geográficas y clasificaciones de trabajo específicas.
Las ubicaciones para las determinaciones del Director pueden ser clasificaciones estatales, una clasificación del norte o del sur de California o por un condado específico como Los Ángeles, San Diego, Riverside, San Bernardino, el condado de Orange, Alameda, Sacramento, etc. Puede revisar las diferentes clasificaciones de ubicación de área y las tarifas que son aplicables para su proyecto de obras públicas en https://www.dir.ca.gov/oprl/2017-1/PWD/index.htm.
Ejemplos de clasificaciones de trabajadores incluyen calderero, herrero, herrero, liniero de servicios eléctricos, técnico de telecomunicaciones, trabajador de instalación telefónica, podador de árboles, rebobinador de estator, liniero de servicios eléctricos, electricista o Inside Wireman, techador de metal, conductor de transporte de entrada y salida o para /de un sitio de construcción, trabajadores de asbesto, aisladores de calor y heladas, inspectores, carpinteros, albañiles de cemento, ingenieros operativos, instaladores de paneles de yeso, obreros, trabajadores de mantenimiento de jardines, martinetes, trabajadores de selladores de lechada, camioneros, podadores de árboles, electricistas, topógrafos de campo, albañil, yesero, fontanero, techador, chapista, perforador de pozos de agua y colocador de azulejos.
Si por casualidad su tipo de trabajo no figura en ninguna de las determinaciones del Director de la DIR, la ley establece que la tarifa adecuada es la tarifa del trabajo que “más se asemeja” al tipo de trabajo realizado.
También existe la opción de que el organismo adjudicador (la entidad que contrata con la constructora) solicite al DIR una Determinación Especial. Una determinación especial se produce cuando el organismo adjudicador, antes de publicar el proyecto para licitación, solicita al DIR una determinación específica para el trabajo de dicho proyecto. Si el DIR responde antes de que se publique la licitación, dicha determinación especial establecerá el salario vigente correspondiente al trabajo realizado en ese proyecto. Pero solo para ese trabajo y solo para ese proyecto.
Opciones para un trabajador que no recibe el salario prevaleciente
Los trabajadores que reciben un salario inferior al que les corresponde o que no reciben el salario vigente tienen opciones. Por supuesto, una opción es no hacer nada, guardar silencio y dejar que el empleador haga lo que quiera. Obviamente, esta no siempre es la mejor manera de obtener un salario justo por un trabajo honesto. Otras opciones más efectivas incluyen investigar el salario vigente en línea, presentar una queja formal ante el DIR o contactar a un abogado especializado en salarios vigentes en Donahoo & Associates, PC para una consulta gratuita y confidencial.
Si se comunica con un abogado, asegúrese de preguntar si tiene experiencia en la Ley de Salario Prevaleciente de California. La Ley de Salario Prevaleciente es una parte complicada del Código Laboral de California y mucho más detallada y complicada que los litigios tradicionales sobre salarios y horas.
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